La prescripción de Enfermería

Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1302/2018 se permite al personal de Enfermería la prescripción de medicamentos y productos sanitarios con plena seguridad jurídica.  Pues la ley diferencia la receta médica de la orden de dispensación mediante un marco jurídico que facilita la labor de los profesionales de la salud.  La indicación y dispensa de medicamentos por parte de las enfermeras tienen, además, una finalidad colaborativa que repercute directamente en favor de los pacientes.  El Real Decreto hace mención al desarrollo y validación de guías prácticas clínicas y asistenciales, antes de dos años desde su entrada en vigor, así como de protocolos por la Comisión Permanente de Farmacia.   

La primera de estas guías, enfocada en las heridas, fue validada el pasado mes de octubre por la Dirección General de Salud Pública.  En ella se determinan los fármacos, sometidos a prescripción médica previa y/o a la existencia de protocolos de aplicación específicos, que el personal de enfermería puede autorizar, usar e indicar en situaciones preestablecidas formalmente de pacientes con heridas y situaciones relacionadas, como el dolor causado.  Se refiere tanto a heridas agudas, que integra quirúrgicas, traumáticas, quemaduras y laceraciones, como las heridas crónicas (las diferentes ulceraciones o las producidas por enfermedades infecciosas o raras, como la epidermólisis bullosa).

El objetivo:

De esta forma se orientan las actuaciones de las enfermeras y se alcanza una labor complementaria o de colaboración con objeto de proveer una resolución apropiada y eficiente a las necesidades de la ciudadanía.  La guía pretende servir de apoyo a los profesionales y, teniendo en cuenta criterios técnicos basados en la evidencia científica, ofrece una garantía de seguridad clínica en su aplicación para abordar los síntomas a los que se refiere.  Tendrá revisiones cada lustro donde podrán incorporarse nuevos medicamentos e integrar novedades científicas disponibles.   

Para desempeñar estas prácticas colaborativas, los profesionales deben contar con la correspondiente acreditación.  Se trata de una credencial necesaria tanto para los cuidados generales como los especializados.  Esta última pueden obtenerla los titulados especialistas, como los EIR.  Las acreditaciones serán emitidas por el órgano competente de su comunidad autónoma, que debe regular el procedimiento de obtención.  Para conseguir esto es necesario, junto al título universitario, tener al menos un año de experiencia profesional o la superación de un curso gratuito de adaptación ofrecido por la administración sanitaria.

¿Conoces la academia?

¡La mejor academia EIR Online!

Todas las herramientas para conseguir TU PLAZA EIR en un solo lugar

Av. del Dr. Severo Ochoa, 47

28100 – Alcobendas (Madrid)

Horario de atención: de 9 a 19 h.
Opinión: 4,8/5

contacto
Social media :

Copyright © 2023